Cambios en el factor de potencia
La Comisión Reguladora de Energía (CRE) fijó nuevas tarifas eléctricas por medio del Acuerdo CRE A/073/2023 emitido el pasado 13 de diciembre de 2023 en el cual se incrementa el Factor de Potencia mínimo de 0.90 a 0.95 para los Usuarios de Suministro Básico conectados en Media Tensión con demanda contratada mayor de 1 MW y aquellos conectados en Alta Tensión. Dichos cargos aplican a partir de enero de 2024
Aspectos que se tienen que tener en cuenta para el cumplimiento del Factor de Potencia
- Se debe mantener un Factor Potencia entre 0.95 en atraso y 1.0 en el punto de conexión.
- Las mediciones a registrar serán cinco-minutales.
- El cumplimiento deberá ser al menos el 95% del tiempo durante un periodo mensual.
- La vigencia de este requerimiento será hasta el 8 de abril de 2026.
- Posteriormente a esta fecha el valor del Factor de Potencia será de 0.97 en atraso y 1.0 en el punto de conexión.
Requerimientos Código de Red
Es de suma importancia tener en cuenta que también se debe dar cumplimiento a los Requerimientos del Código de Red para evitar otras sanciones y multas
En caso de que alguno de los usuarios incumpla una o varias de sus obligaciones, la CRE tiene la facultad de imponer las sanciones que correspondan de conformidad con lo indicado en la LIE en la que se definen los rangos de multas asociados al incumplimiento, las cuales pueden ser extremadamente altas, llegando a ser hasta del 10% de los ingresos brutos percibidos en el año anterior.
Requerimientos Técnicos aplicables a Centros de Carga:
- Tensión
- Frecuencia
- Cortocircuito
- Factor de potencia
- Protecciones
- Control
- Intercambio de información
- Calidad de la potencia